Si el acto reclamado es la resolución de segunda instancia que revoca a la primera, que despachó una providencia precautoria de embargo de fincas urbanas, la suspensión debe concederse, mediante fianza, puesto que de levantarse el embargo, se causarían perjuicios de difícil reparación a la parte quejosa, ya que quedaría sin garantía el importe del pleito.
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 3189/37. Compañía de las Fábricas de Papel de San Rafael y Anexas, S. A. 13 de agosto de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.