Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 357585
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 23/08/1937 00:00
TERCERO PERJUDICADO EN AMPARO, FIRMEZA DEL AUTO QUE LO RECONOCE.

Si el Juez de Distrito reconoce el carácter del tercero perjudicado en un juicio de amparo, no puede revocar esa resolución, por no tener facultades legales para ello.

Queja en amparo civil 663/36. Terrones Donaciano y coagraviados. 23 de agosto de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.