Los juicios que proceden de créditos prendarios, no son acumulables al de quiebra, ya sea que se promuevan antes o después de la declaración de ella.
Amparo civil directo 6787/35. "R. Martínez y Hermano", liquidación judicial. 24 de agosto de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.