Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 357625
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 06/09/1937 00:00
DIVORCIO EN EL ESTADO DE MORELOS, EMPLAZAMIENTO EN EL JUICIO DE.

Si se prueba que el domicilio del demandado está fuera de la jurisdicción del Juez que conoce del juicio de divorcio, y la notificación o emplazamiento para comparecer al juicio, ha pretendido hacérsele mediante la publicación del edicto respectivo, debe concluirse que por no habérsele hecho notificación personal, fue ilegalmente citada para intervenir en el procedimiento y, por consiguiente, no pudo ser oído en el mismo, violándose con ello, en su perjuicio, las garantías del artículo 14 constitucional, siendo procedente, por lo tanto, concedérsele la protección federal.

Amparo civil en revisión 637/37. Gauthier de Girón Jewel. 6 de septiembre de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.