Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 357804
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 06/05/1937 00:00
SUCESIONES, ADJUDICACION DE LOS BIENES DE LAS.

Aun cuando la adjudicación de bienes sucesorios, no está sujeta a condición alguna, por la propia autonomía de los juicios respectivos, debe tenerse en cuenta que cuando la validez del juicio en que se verifica la adjudicación, se encuentra sub-judice, por estarse tramitando un juicio sobre nulidad del testamento respectivo, la adjudicación queda sujeta a lo que se resuelva en el juicio de nulidad, el cual, si tiene como consecuencia la ineficacia del testamento y de la propia adjudicación, implica también la de los actos de disposición verificados por el heredero a quien se desconozcan sus derechos.

Amparo civil directo 902/29. Groth Rodolfo. 6 de mayo de 1937. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Sabino M. Olea propuso su excusa para intervenir en este negocio. Disidente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.