Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 357866
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 24/06/1937 00:00
ALIMENTOS, EXISTENCIA DE LA OBLIGACION DE DARLOS.

No es verdad que para la existencia de prestar alimentos a cargo de una sucesión, sea necesario justificar, en determinada forma, que los bienes de la misma producen, porque el legislador, al establecer que una vez acreditada la existencia de bienes hereditarios, se paguen de sus productos las pensiones alimenticias, no determina la forma mediante la cual debe justificarse la existencia de los productos, y como tratándose de bienes inmuebles, los productos de los mismos quedan constituidos por las rentas correspondientes, es claro que justificado el valor fiscal de los mencionados bienes, ninguna otra prueba es necesaria, para obtener la renta que, como producto, corresponde a los mismos.

Amparo civil directo 3871/36. González Melitón, sucesión de. Pág. 24 de junio de 1937. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Alfonso Pérez Gasga. La publicación no menciona el nombre del ponente.