Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 357878
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 26/06/1937 00:00
AMPARO IMPROCEDENTE.

El amparo es improcedente si el acto que se reclama, puede tener un remedio ante las autoridades del orden común.

Amparo civil directo 2346/36. Torralba Larraz Ramón. 26 de junio de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.