Para poder apreciar si un contrato está o no comprendido entre aquellos que prohibe una ley, respecto al tipo de intereses, sólo puede tomarse en cuenta el momento de las operaciones, para decidir si el mismo tiene, o no, miras de usura, pero no atender a la variación que sufre la equivalencia de monedas a través del tiempo.
Amparo civil directo 6207/34. Hernández Ramírez Manuel. 6 de enero de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.