Los datos para apreciar la simulación de un contrato, deben buscarse examinando las circunstancias que hayan precedido al contrato mismo, las que hayan tenido lugar en el momento de su celebración y las posteriores, lo que constituye la causa simulandi, que en algunas legislaciones ha sido elevada a la categoría de presunción legal, como en la legislación española, que establece que se presumen fraudulentas las enajenaciones a título oneroso, hechas por aquellas personas contra las cuales se hubiere pronunciado antes sentencia condenatoria en cualquiera instancia, o expedido mandamiento de embargo de bienes.
Amparo civil directo 5966/35. Mendoza de Ochoa Concepción. 9 de enero de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.