Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 357971
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 02/02/1937 00:00
EJECUTORIAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, CUMPLIMIENTO DE.

Si la autoridad señalada como responsable, al dictar su fallo, se ajusta a los términos de la ejecutoria de la Suprema Corte de Justicia, que concedió el amparo, debe declararse infundada la queja que se promueva por exceso en la ejecución.

Queja en amparo penal 397/36. Jiménez de Lara Armando. 2 de febrero de 1937. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro José María Ortiz Tirado no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.