Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Mostrando solo tesis del 11/02/1937
Tesis
Registro digital: 357987
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 11/02/1937 00:00
AMPARO, PROCEDENCIA DEL.

Si se alega que la sentencia pronunciada por un Juez de Distrito es incongruente, porque concede amparo a los propietarios de una fábrica por haber demostrado que se encontraban en posesión de los bienes que fueron embargados, dentro de un procedimiento al que los mismos son extraños, sin tomar en consideración que aquellos nada dijeron en su demanda, acerca de si estaban o no, en posesión de tales bienes, limitándose a sostener que eran propietarios de los mismos, no es de admitirse tal alegación, si del texto de la demanda se desprende que los interesados reclamaron precisamente que se trataba de privárseles de la propiedad y posesión de los bienes que fueron embargados, y que además tenían el carácter de terceros extraños a la reclamación, puesto que el Juez únicamente podía estudiar en su sentencia, si se les había privado ilegalmente de la posesión de los bienes que se embargaron, ya que, de acuerdo con la jurisprudencia establecida por la Suprema Corte, los tribunales federales, al fallar los amparos promovidos por personas extrañas al juicio, no resuelven cuestiones de dominio, limitándose a otorgarles la protección constitucional en los casos en que se les priva de la posesión de determinados bienes, sin llenar los requisitos que la Constitución establece.

Amparo en materia de trabajo 6824/36. Elizondo Luis y coags. 11 de febrero de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.