Si se reclama en amparo el auto de lanzamiento dictado en contra de una persona, y otra afirma ser poseedora de la finca, la suspensión debe concederse, previa fianza, por reunirse los requisitos establecidos por el artículo 55 de la Ley de Amparo.
Amparo 1509/36. Guillén Alba Guadalupe. 13 de febrero de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XLVI, página 3443. Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 4335/35. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.