Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Mostrando solo tesis del 22/07/1933
Tesis
Registro digital: 362032
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 22/07/1933 00:00
ARBITROS NOMBRADOS POR LOS JUECES.

Cuando el quejoso reclama la inconstitucionalidad de los artículos 9o. y 10, transitorios del código procesal vigente en el Distrito, y estima que tiene un principio de ejecución, por haberlo ya requerido para que haga la designación del árbitro correspondiente, no debe considerarse como notoriamente improcedente la demanda de amparo que en contra de esos actos se interponga, toda vez ésta podría dar lugar a que se causara al interesado, un perjuicio irreparable.

Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 2464/33. Rueda Magro Manuel. 22 de julio de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.