Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 362070
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 01/08/1933 00:00
ALBACEAS MANCOMUNADOS.

En el caso de nombramiento de albaceas mancomunados, todo lo hecho por uno sólo de ellos, carece de valor, sin que obste en contrario, la circunstancia de que otro albacea haya delegado su cargo en el que ejerce prácticamente el albaceazgo, y que, por lo mismo, actúa por derecho propio y por delegación, puesto que no son ya dos personas las que ejercen el cargo, ni existe la mancomunidad establecida por el testador.

Amparo civil en revisión 3992/31. Fuente Parres de Migoya Guadalupe de la. 1o. de agosto de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.