Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 362085
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 04/08/1933 00:00
PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL.

Si se atacan en amparo las resoluciones que reconocen la personalidad de una de las partes, tienen por opuestas las excepciones y mandan recibir pruebas, para preparar en forma el amparo, debieron interponerse los recursos correspondientes y haber protestado como lo ordena la fracción III del artículo 107 constitucional.

Amparo civil directo 4175/30. Carrillo Puerto Gilberto. 4 de agosto de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.