Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 362195
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 27/01/1933 00:00
DEPARTAMENTO DE BIENES NACIONALES.

No puede establecerse, a priori, que una orden del Departamento de Bienes Nacionales, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dirigida a un particular, para que desocupe determinada casa, emane de autoridad o de la persona civil del Estado, como sujeto de derechos patrimoniales, ya que la controversia que con tal motivo se platee, deberá versar necesariamente sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de dicha orden, y si ha estado o no, en la órbita de las facultades constitucionales de la Secretaría de Hacienda, ordenar dicha desocupación, o si en el caso, ha obrado como particular, por lo que debe darse entrada al amparo que contra la orden se enderece, sin prejuzgar sobre otras causas de improcedencia.

Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 12890/32. Velázquez David. 27 de enero de 1933. Unanimidad de cinco votos. Relator: José López Lira.