El hecho de negar la autoridad la exhibición de libros y demás documentos, como medio preparatorio de juicio, con arreglo a la fracción IV del artículo 1151 del Código de Comercio, impide de una manera absoluta ejercitar la acción y priva, por consiguiente, de toda defensa, al solicitante, por lo que procede el amparo, según la jurisprudencia de la tercera sala de la suprema corte de justicia de la nación.
Amparo civil en revisión 4308/31. Cusi de Schulze Claudina. 13 de mayo de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente.