Cuando el interesado reclama todos los procedimientos de un juicio seguido en su contra, en el que no ha sido oído, la demanda de amparo es procedente, porque el quejoso queda privado de defensa y hay que darle la oportunidad para demostrar en el amparo, si en efecto, se han cometido en su contra las violaciones que reclama.
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 13106/32. Anaya Alfredo. 4 de febrero de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.