Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 362234
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 13/02/1933 00:00
PROMOCIONES POR CORREO.

Si el plazo para interponer el recurso de revisión contra la sentencia de un Juez de Distrito, concluye en el día durante el cual el recurrente deposita su escrito relativo, en una oficina de correos, el plazo debe computarse estimando como válida y legal la entrega que se haga de la correspondiente promoción, en la respectiva oficina de correos, con tanta más razón, si el recurrente hace el depósito en una oficina alejada del lugar donde radica el Juez, pero ubicada dentro de la jurisdicción del mismo.

Amparo civil. Recurso de reconsideración de un auto del C. Presidente de la Suprema Corte 11475/32. Paniagua Angel. 13 de febrero de 1933. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.