El artículo 764 del Código de Procedimientos Civiles, se refiere a recursos y, por lo mismo, no puede tener aplicación esa disposición, cuando se trata de un incidente de nulidad por notificaciones mal hechas.
Amparo civil en revisión 2437/29. Vargas Juan. 18 de febrero de 1933. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alfonso Pérez Gasga no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.