Es un verdadero recurso que tiende a modificar o destruir el fallo contra el cual se interpone, de donde se sigue que el amparo no procede sino contra la resolución que en la queja se dicte y contra el que fue objeto de la misma.
Amparo civil en revisión 41/30. Tenorio Felipe de T., sucesión de. 21 de febrero de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.