Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 362341
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 23/03/1933 00:00
SENTENCIAS EN MATERIA CIVIL.

Si en un juicio civil, el demandado, con el carácter de reconvención o contrademanda, ejercita la acción sumaria a que se refiere el artículo 1662 del Código Civil del Distrito Federal, la autoridad está obligada a hacer en su sentencia, el estudio de las pruebas rendidas sobre el particular, y a declarar si es o no, de aprobarse la consignación, declarándose extinguida la obligación, y si no lo hace, viola las garantías del artículo 14 constitucional, por falta de aplicación del referido precepto.

Amparo civil directo 2379/32. León viuda de Di Chiara Victoria. 23 de marzo de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.