Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 362381
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 27/04/1933 00:00
PRUEBAS, APRECIACION DE LAS.

Las pruebas rendidas fuera del término legal, no pueden apreciarse en la sentencia definitiva, salvo que se trate de pruebas decretadas para mejor proveer, y que, en ese concepto expreso, se hayan mandado recibir.

Amparo civil directo 913/30. Paredes Alcerreca Eugenio, sucesión de. 27 de abril de 1933. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Joaquín Ortega. La publicación no menciona el nombre del ponente.