Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 2020012
Época: Décima Época
Materia(s): Administrativa
Tesis: I.10o.A.109 A (10a.)
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 07/06/2019 10:13
MAGISTRADOS ESPECIALIZADOS EN MATERIA DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA. ASPECTOS QUE DEBEN DETALLARSE PORMENORIZADAMENTE PARA CUMPLIR CON LOS PRINCIPIOS DE TRANSPARENCIA Y MÁXIMA PUBLICIDAD EN EL PROCEDIMIENTO PARA SU DESIGNACIÓN Y RATIFICACIÓN.

Mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2015, se reformó el artículo 73, fracción XXIX-H, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para instituir el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, dotado de una nueva competencia para imponer sanciones a los servidores públicos por las responsabilidades administrativas que la ley determine como graves y a los particulares que participen en actos vinculados con éstas, así como para fincar a los responsables el pago de las indemnizaciones y sanciones pecuniarias que deriven de los daños y perjuicios que afecten a la hacienda pública federal o al patrimonio de los entes públicos federales. Para cumplir con ese objetivo, en la ley orgánica del tribunal mencionado se creó una Tercera Sección de la Sala Superior y cinco Salas Especializadas en materia de responsabilidades administrativas, conformadas con tres Magistrados cada una, cuya designación corresponde al presidente de la República y su ratificación a la Cámara de Senadores o, en sus recesos, a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, órganos legislativos que deben valorar la justificación de la idoneidad de las personas propuestas, su trayectoria profesional y académica, a través del procedimiento respectivo, que cumpla con los principios de transparencia y máxima publicidad, para lo cual, no basta que el Ejecutivo Federal, al someter a la consideración del Legislativo sus propuestas, transcriba el currículum vitae o la experiencia profesional de los interesados, sino que es indispensable detallar pormenorizadamente por qué tienen los méritos suficientes en materia de fiscalización, responsabilidades administrativas, hechos de corrupción o rendición de cuentas, así como la calidad profesional y ética para acceder al cargo.


DÉCIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo en revisión 311/2018. Presidente de la República y otros. 4 de abril de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Arturo Camero Ocampo. Secretario: Héctor Reyna Pineda.

Esta tesis se publicó el viernes 07 de junio de 2019 a las 10:13 horas en el Semanario Judicial de la Federación.