Si el informe justificado fue rendido hasta el día siguiente de celebrada la audiencia constitucional, ello es motivo más que suficiente para que operara lo dispuesto en el artículo 149 de la Ley de Amparo.
Amparo penal en revisión 5871/47. Carranza Francisco y coagraviado. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.