Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 2020436
Época: Décima Época
Materia(s): Civil
Tesis: 1a. LXII/2019 (10a.)
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 23/08/2019 10:31
ACUMULACIÓN DE JUICIOS. PRESUPUESTOS MATERIALES PARA SU PROCEDENCIA.

La facultad de concentrar en un mismo proceso diversas pretensiones o acciones no es irrestricta, su procedencia está sujeta a la satisfacción de ciertos presupuestos materiales, a saber: requiere una identidad subjetiva (coincidencia jurídica entre las partes y el carácter o calidad con que intervienen en el proceso), la competencia del órgano jurisdiccional, así como homogeneidad procedimental (que las acciones deban sustanciarse a través de juicios de la misma naturaleza) y que las pretensiones no se contradigan o se excluyan mutuamente. De lo anterior se desprende que el sistema de acumulación de pretensiones en el derecho procesal civil federal exige compatibilidad procesal y material de las acciones entre sí, de manera que, cuando el trámite de una y otra sean irreconciliables, no será válido decretar la acumulación.


PRIMERA SALA

Apelación 3/2019. HYCSA Edificaciones y Proyectos, S.A.P.I. de C.V. 15 de mayo de 2019. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros Norma Lucía Piña Hernández, quien indicó que está con el sentido, pero en contra de las consideraciones, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Juan Luis González Alcántara Carrancá. Impedido: Luis María Aguilar Morales. Ponente: Juan Luis González Alcántara Carrancá. Secretaria: Mireya Meléndez Almaraz.

Esta tesis se publicó el viernes 23 de agosto de 2019 a las 10:31 horas en el Semanario Judicial de la Federación.