El cuerpo del delito de vagancia y malvivencia, previsto en el artículo 255 del Código Penal del Distrito Federal, se comprueba con los elementos materiales de esa infracción, éstos deben tenerse por acreditados, si el acusado no demuestra que dedicaba a un trabajo honesto, y de los datos proporcionados por el laboratorio de criminalística e identificación de la jefatura de policía, adminiculados con la confesión del propio acusado, aparece que éste tiene malos antecedentes.
Amparo penal directo 7853/41. Aguilar Balbuena Bernabé. Mayoría de tres votos. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.