El amparo pedido contra ellas es improcedente, puesto que la situación jurídica del procesado se rige por fallo de segunda instancia.
Amparo penal directo 3142/33. Garduño Durán Francisco. 2 de mayo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.