Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 2021699
Época: Décima Época
Materia(s): Laboral
Tesis: VII.2o.T.274 L (10a.)
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 28/02/2020 10:30
MEDIOS DE APREMIO EN EL JUICIO LABORAL BUROCRÁTICO EN EL ESTADO DE VERACRUZ. EL TRIBUNAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO ESTÁ FACULTADO PARA EMPLEARLOS DURANTE TODO EL PROCEDIMIENTO, INCLUSO EN LA ETAPA DE EJECUCIÓN, PARA ASEGURAR EL CUMPLIMIENTO DE SUS RESOLUCIONES.

Los medios de apremio previstos en el artículo 198 de la Ley Número 364 Estatal del Servicio Civil de Veracruz, son herramientas para que el Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Poder Judicial del Estado haga cumplir sus determinaciones, no sólo durante el juicio, sino en cualquier fase del procedimiento, incluida la etapa de ejecución del laudo, ya que el legislador ordinario los previó dentro del capítulo IV, de disposiciones generales que regulan su actuación, y en cuyo artículo 185 estableció, de manera general, que las disposiciones contenidas en ese capítulo rigen el trámite y resolución de los conflictos ordinarios individuales o colectivos de naturaleza jurídica, lo que adquiere concordancia con el párrafo séptimo del artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que autoriza a las Legislaturas Locales para proveer, en la esfera de su competencia, el establecimiento de los medios de apremio necesarios que permitan a los tribunales y Jueces la plena ejecución de sus resoluciones.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

Amparo en revisión 3/2019. 31 de octubre de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Carlos Moreno Correa. Secretaria: Silvia Valeska Soberanes Sánchez.

Esta tesis se publicó el viernes 28 de febrero de 2020 a las 10:30 horas en el Semanario Judicial de la Federación.