Debe negarse la suspensión, si el acto reclamado consiste en una resolución ordenando diligencias en un proceso, como por ejemplo, la reconstrucción de hechos, ya que, de concederse, se paralizaría el procedimiento penal, que es de orden público y la sociedad sufriría perjuicios con ello.
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 617/34. Morón Ignacio. 14 de mayo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Chávez S. La publicación no menciona el nombre del ponente.