Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 312505
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 17/05/1935 00:00
ORDEN DE APREHENSION, APRECIACION DE LAS PRUEBAS PARA DICTARLA.

La estimación de si una persona es o no digna de fe para, fundándose en su dicho, dictar una orden de aprehensión, y la de si no hay impedimento alguno que la inhabilite para prestar testimonio, son cosas que competen exclusivamente al juez de los autos, y el análisis probatorio de tales elementos corresponde a la sentencia que recaiga en el proceso y no a una resolución dictada dentro del procedimiento, como lo es la orden de aprehensión.

Amparo penal en revisión 2471/34. Encinas Uruchurtu José. 17 de mayo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.