Si la autoridad responsable estima que la responsabilidad del indicado está acreditada en autos, con la prueba presuntiva y, consecuentemente, le impone la pena correspondiente a un delito especificado, no puede considerarse que dicha pena se aplique por anología ni por mayoría de razón, puesto que al considerar dicha autoridad, comprobado el cuerpo del delito y la responsabilidad del indiciado y aplicarle al pena establecida en el Código Penal vigente, es indudable que no condena al reo a sufrir una pena que no esté clara y debidamente clasificada en el Código Penal, aplicable exactamente al caso concreto.
Amparo penal directo 3163/34. González Martínez Antonio. 12 de febrero de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.