Cuando el acto reclamado consiste en la ejecución de una sentencia firme, dictada en un juicio en el cual la parte quejosa no fue oída ni vencida, no es aplicable la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia, en el sentido de que la suspensión debe negarse contra los procedimientos que tiendan a obtener el cumplimiento de sentencias que establecen la verdad legal.
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 503/33. González de Gutiérrez Agustina, sucesión de. 21 de febrero de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.