Para justificar que se cometió con escándalo, basta el hecho de que la acusada, en compañía de un hombre que no era su esposo, se haya presentado, a media noche, en un lugar diverso del domicilio conyugal, pidiendo alojamiento a personas de su conocimiento íntimo; pues la definición gramatical de escándalo, es: "toda acción o palabra que determina a uno a obrar mal, o pensar mal de otro".
Amparo penal directo 3521/33. Martínez Anita. 7 de marzo 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no mencionan el nombre del ponente.