Cuando por las condiciones del terreno, se lleva un vehículo a mayor velocidad de la necesaria para conservar un dominio absoluto sobre él, el conductor desconoce el camino, y trata de pasar adelante de otro vehículo, al atravesar un lugar estrecho y peligroso, y por todo ello resulta la muerte de una persona que viaja en el exterior del vehículo, existe el delito de culpa grave, conforme al artículo 119, fracción IV, del Código Penal del Estado de Oaxaca, ya que el responsable ejecutó un hecho lícito en sí pero que no lo fue por las consecuencias que produjo por haber incurrido en una manifiesta imprevisión y falta de reflexión y de cuidado.
Amparo penal directo 5763/33. Contreras Leandro. 14 de marzo de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.