Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 312813
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 26/10/1934 00:00
PROTECCION FEDERAL.

Debe negarse, si son infundados los agravios que se alegan contra la sentencia que se recurre en amparo.

Amparo penal directo 15328/32. Arriaga Pineda María. 26 de octubre de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.