Suprema Corte de Justicia de la Nación
Resultado 215743 de 244391
Tesis
Registro digital: 312842
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 14/11/1934 00:00
PERITOS, PRUEBA DE, EN MATERIA PENAL.

No es necesario que el Ministerio Público concurra a la prueba pericial practicada en un proceso, si se practicó fuera del juzgado, como sucede cuando la recepción de tal prueba se encomienda a otro Juez de Distrito; y tampoco es forzoso que el Ministerio Público esté presente en la citada prueba, si se trata de una diligencia para mejor proveer; e igualmente si el representante de dicha Institución, expresa su conformidad o inconformidad.

Amparo penal directo 725/23. Pérez de Cervantes Lázaro. 14 de noviembre de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.