Suprema Corte de Justicia de la Nación
Resultado 215684 de 244391
Tesis
Registro digital: 312861
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 22/11/1934 00:00
CONFESION INDIVISIBLE DEL ACUSADO.

El hecho de que el procesado, al rendir su declaración, confiese, entre otras cosas, que ejecutó determinado acto, en un estado de locura, no significa que al apreciarse la confesión, deba forzosamente tomarse en cuenta esta última circunstancia, ya que el inculpado no es el capacitado para apreciar el estado en que se encontraba, al cometer los hechos delictuosos.

Amparo penal directo 3133/34. Whalley Charles Frederick. 22 de noviembre de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.