La jerarquía y autoridad que significa la diferencia de grado entre militares, subsiste en cualquier situación en que éstos se encuentren, y por tanto, no es posible aceptar que la insubordinación se cometa solamente en actos en el servicio, sino que ese delito puede cometerse en el servicio militar o fuera de él.
Amparo penal directo 156/33. Pérez Covarrubias Pedro. 22 de noviembre de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.