Si al contestar la demanda de un juicio arbitral, la parte demandada, en vez de sostener que el actor abandonó su trabajo y que por ello había dado por rescindido el contrato respectivo, sostiene que el trabajador seguía prestando sus servicios, la Junta ante quien se plantee el conflicto, si estudia la cuestión en la forma que quedó planteada al celebrarse la audiencia de demanda y contestación, estará en lo justo, y no habrá cometido violación alguna.
Amparo directo en materia de trabajo 6836/39. La Protectora, S. A. Compañía de Seguros Sobre la Vida. 11 de enero de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alfredo Iñárritu.