En el caso de una simulación patente, la Junta no puede menos que reconocerla, sin que ello implique la invasión de la esfera de acción de otras autoridades, ni que pretenda aplicar las sanciones que por tales hechos correspondan y que son de la competencia exclusiva de las autoridades penales.
Amparo directo en materia de trabajo 1126/38. Ochoa Luis y coagraviados. 10 de noviembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.