Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 378742
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 11/11/1939 00:00
TRABAJADORES A PLAZO FIJO, DESPIDO DE LOS.

La Ley Federal del Trabajo no establece distinción alguna en el sentido de que el trabajador a plazo fijo, que sea despedido con anterioridad al vencimiento de su contrato, aun cuando se le cubran los salarios correspondientes al término de su contrato, no tenga derecho a las prestaciones derivadas del despido injustificado, con tanta más razón cuando subsisten las causas que dieron origen al contrato, al ser sustituido por otro trabajador.

Amparo directo en materia de trabajo 5307/39. Padua Jorge. 11 de noviembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.