Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 378754
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 13/11/1939 00:00
TRABAJO, EMBARGOS PRECAUTORIOS EN MATERIA DE.

Si una Junta Municipal de Conciliación carece legalmente de competencia para despachar un embargo precautorio, debe concluirse que procede contrariando el artículo 560 de la Ley Federal del Trabajo, y por ello viola las garantías de la parte agraviada.

Amparo en revisión en materia de trabajo 2702/39. Borrego Celerino. 13 de noviembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Xavier Icaza. Ponente: Salomón González Blanco.