Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Mostrando solo tesis del 15/11/1939
Tesis
Registro digital: 378761
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 15/11/1939 00:00
RIESGO PROFESIONAL, PAGO DEL.

Si bien es cierto que la Cuarta Sala de la Suprema Corte ha establecido que tratándose de un mismo riesgo profesional, no puede obligarse al patrono al pago de una doble indemnización, debiendo, en consecuencia, deducirse las cantidades que con anterioridad se hayan entregado al trabajador, por el mismo riesgo, también es verdad que si una Junta condena únicamente al pago de los gastos funerarios, cantidad que seguramente no puede ser deducida de la indemnización pagada al trabajador, puesto que en realidad no era éste quien debía haber cubierto tales gastos funerarios, que corresponden a los causahabientes de obrero, para los fines indicados, no puede decirse que la Junta haya incurrido en violación alguna, cuando después de reconocer que el patrono está obligado en este caso a pagar una indemnización por el riesgo, condena al pago de los gastos funerales.

Amparo directo en materia de trabajo 5884/39. Compañía Real del Monte y Pachuca. 15 de noviembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.