No desvirtuándose en forma alguna la negativa de las autoridades señaladas como responsables y ejecutoras de los actos reclamados, procede legal y fundadamente sobreseer en el juicio de amparo respectivo, por lo que se refiere a las citadas autoridades.
Amparo en revisión en materia de trabajo 2474/39. Orozco J. Jesús y coagraviados. 21 de noviembre de 1939. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Salomón González Blanco.