Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 378804
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 28/11/1939 00:00
EMPLEADOS DE CONFIANZA, IMPROCEDENCIA DE LA SEPARACION DE LOS.

La conducta de un empleado de confianza en su vida privada o social, precisamente por no encontrarse relacionada con las labores que le han sido encomendadas, debe considerarse ajena en lo absoluto al desempeño de esas labores, e inhábil para que, la misma, se estime suficiente para perderle la confianza y procedente su separación, sin responsabilidad para la empresa.

Amparo directo en materia de trabajo 8589/38. Quiroga Jesús E. 28 de noviembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salomón González Blanco.