Si de las pruebas aportadas por el actor en un juicio arbitral, se desprende que no era trabajador al servicio de una empresa, sino un coasociado, al resolver una Junta que se inhibe del conocimiento de la reclamación formulada por el actor, porque la reclamación no se deriva de la existencia de un nexo contractual del trabajo, procederá legalmente e igualmente será legal su procedimiento, al atender el requerimiento que para dicha inhibitoria, le formule un Juez del fuero común.
Amparo en revisión en materia de trabajo 3228/39. Elizondo Víctor. 28 de noviembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salomón González Blanco.