No puede implicar buena fe, sino por el contrario, falta de probidad del patrono, señalar a un obrero labores que no corresponden a su especialidad, aun cuando no se le degrade o disminuya el sueldo; por lo que cuando se señalan a un trabajador labores diversas de aquellas para las que fue contratado, éste puede, sin responsabilidad, negarse a obedecer, y el cambio arbitrario impuesto por el patrono, debe equipararse a la separación injustificada, en los términos del artículo 123, fracción IX, de la Ley Federal del Trabajo.
Amparo directo en materia de trabajo 6119/39. Compañía Metalúrgica Mexicana, S. A. 6 de diciembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.