Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 310144
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 26/10/1938 00:00
PRUEBA PRESUNTIVA.

La prueba de indicios es violatoria de garantías, cuando se integra con aplicación indebida de los principios generales que informan ese medio de convicción. Estos principios determinan que debe buscarse el enlace natural más o menos necesario, entre la verdad conocida, y la que se busca. Es decir, que las presunciones no sólo dimanen de hechos perfectamente probados, sino que entre éstos y aquéllos que se investigan, exista una estrecha relación, un nexo directo, necesario, para que el juzgador, mediante una operación mental, con aplicación de las reglas de la lógica, concluya en la existencia de los segundos, y sin que en la misma averiguación existan contraindicios que destruyan y debiliten las presunciones existentes.

Tomo LVIII, página 3644. Indice Alfabético. Amparo directo 1083/38. Moreno Gala José. 26 de octubre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Tomo LVIII, página 1152. Amparo penal directo 1045/38. Martínez Diego Moisés. 26 de octubre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Asiain. La publicación no menciona el nombre del ponente.