Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 310307
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 19/08/1938 00:00
AUTO DE FORMAL PRISION, AMPARO CONTRA DEL.

Conforme al artículo 149 de la Ley de Amparo, las autoridades responsables deberán rendir su informe con justificación, exponiendo la razones y fundamentos legales que estimen pertinentes para sostener la constitucionalidad del acto reclamado o la improcedencia del juicio de garantías, y acompañarán, en su caso, copia certificada de las constancias que sean necesarias para apoyar dicho informe; de modo que si el acto reclamado es un auto de formal prisión por el delito de injurias, la autoridad responsable está obligada a demostrar la constitucionalidad de la providencia reclamada, por medio de copias certificadas de las constancias conducentes del proceso, y si al remitir esas constancias, se omite el escrito de querella del ofendido, la jurisdicción federal no puede tener en cuenta dicha querella, para decidir sobre la constitucionalidad de la prisión motivada por injurias, y ante la imposibilidad legal de apreciar ese elemento, debe considerarse que el Juez de Distrito estuvo en lo justo al considerar inexistente la querella necesaria para la procedencia de la acción penal, y, por ende, conceder al quejoso la protección federal, y no puede considerarse que al proceder así el Juez de Distrito, haya suplido la deficiencia de la demanda.

Amparo penal en revisión 3653/38. Bautista Samuel. 19 de agosto de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.